El día 3 de diciembre entró en vigor el Reglamento (UE) 2018/302 («Reglamento sobre el bloqueo geográfico»)
que tiene por objeto eliminar las trabas que surgen cuando algunos clientes intentan adquirir bienes y servicios de comerciantes situados en un Estado miembro diferente, únicamente por razón de su nacionalidad, lugar de residencia o lugar de establecimiento.
La eliminación de este fenómeno, llamado geoblocking, hará que los consumidores y las empresas dentro del mercado interior de la UE, a partir de ahora, no tendrán que preocuparse de sufrir un bloqueo o un desvío en un sitio web simplemente porque ellos (o su tarjeta de crédito) proceden de un país diferente. Siempre que estén en la UE, will be able to access goods and services online.
Member States shall enforce the Regulation, establish effective measures, proportionate and dissuasive that will apply when the Regulation is violated, designate bodies entrusted with ensuring compliance with the regulation and bodies that must provide practical assistance to consumers.
Subsequently, in March 2020, a commission created for this purpose will conduct a review of the Regulation on geo-blocking aimed at examining whether the principle of non-discrimination in accessing goods and services can be extended to non-audiovisual services provided electronically, whose main feature is content protected by copyright, como los libros electrónicos, la música, los juegos o los programas informáticos.
